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miércoles, 29 de agosto de 2012

LA DAMA DESCONOCIDA


A los amigos y seguidores de este blog y ahora que la situación por la que estamos atravesando provoca que se nos active el botón de la curiosidad en cuanto al funcionamiento de ciertas instituciones, en otro tiempo desconocidas para el gran público; aunque ello suponga añadir una gota más si cabe al jarrón, que ya no vaso, de la indignación social con la que nos levantamos un día sí y otro también.

Y claro, la chispa de esta curiosidad probablemente la esté encendiendo la cada vez más precaria situación en la que el pueblo llano trata de torear el día a día con el mejor de los artes taurinos para no caer en la más absoluta de las desesperaciones.


Es cuando el contribuyente de a pie se pregunta el qué, el cómo, el por qué, el cuándo, etc., lo que le lleva a plantearse el sentido de determinadas instituciones dentro de nuestro organigrama institucional, aunque no fuera más que por justificar la utilidad y destino de nuestros impuestos que hacen y harán que se sostengan a no ser que alguien lo remedie.

El Tribunal de Cuentas es un Órgano Constitucional del Estado recogido y regulado por tres leyes fundamentales, a saber, nuestra Carta Magna en sus arts. 136 y 153,d), por la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, que regula esta Institución y la Ley número 7 de 1988, de 5 de abril, que trata de su funcionamiento. Históricamente viene precedido por la figura del Contador Mayor de Cuentas, institución creada allá por el siglo XIV.


Definen y defienden estas leyes que el Tribunal de Cuentas es un “Supremo Órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado” que está dentro del paraguas del Poder Legislativo, con dependencia directa de nuestras Cortes Generales.

Consta de 12 miembros, seis elegidos por la Cámara del Senado y seis por el Congreso de los Diputados.


Tiene dos funciones fundamentales. La primera es fiscalizadora, debe comprobar si la actividad económica-financiera del Servicio Público, del Estado, respeta los principios de legalidad, eficiencia y economía.

La segunda es jurisdiccional, con independencia de las competencias de las CCAA en esta materia, debe enjuiciar la responsabilidad contable en que incurren los que tienen a su cargo el manejo de bienes, caudales o efectos públicos, persiguiendo la indemnización de los fondos públicos perjudicados por el uso fraudulento e inapropiado que se haga de los mismos, lo llamaremos malversación.

Así pues, nos encontramos con una institución que debe controlar al aparato administrativo del Estado para que cumpla, de forma legítima y legal con su cometido y que si eso no fuera así puede perseguir los comportamientos que se alejen de su objetivo que no es otro que el bien común.
Además es un órgano externo, permanente y consultivo, casi nada.

Manuel Núñez Pérez, Presidente del Tribunal de Cuentas
Hasta aquí “la clase” de Derecho Civil y Administrativo.

En lo tocante a la realidad de los hechos, son diversos los problemas que encontramos para que la labor y el funcionamiento de tan magna institución se acometa de acorde a las leyes que la regulan y así cumplir con el espíritu para el que fue creada:
a) Nos encontramos ante una institución que se ha postulado como un retiro de lujo  de centenarios políticos, con edades que rozan la demencia senil, puestos y designados sin período de caducidad por los dos grandes partidos de turno PSOE y PP, aunque algún nacionalista hay. La media de edad de los 12 miembros sobrepasa con creces los 60 años y muchos de ellos llevan más de 20 años en el cargo con sueldos medios de 112.000,00 € más gastos.
 b) Una institución, como no podía ser de otro modo, tremendamente politizada y polarizada en la elección de sus miembros por los grandes de la política nacional con la consiguiente lucha de poder lo que nos lleva a un grado de intoxicación que hace que su gestión esté altamente condicionada y por tanto contraria a su propios principios. 
c) Sus informes fiscalizadores son elaborados y publicados con un enorme retraso. En estos momentos los plenos del presente año 2012 se ocupan  sobre asuntos de los ejercicios 2008 y 2009.
d) Nos encontramos a ciertas entidades del ámbito público que no están sujetas a su supervisión tales como, y a modo de ejemplo, partidos políticos y fundaciones de entidades locales. Como curiosidad, el RD 1611/2007, regula la competencia estatal en cuanto a la creación del Registro de Fundaciones. A fecha de hoy, el mismo no ha sido constituido lo que provoca que el Tribunal de Cuentas al tratar de recabar información sobre una determinada fundación, tal como su objeto social, personas o entidades que la componen, si ejerce algún tipo de actividad, sobre su  financiación etc., se encuentra en la práctica con que simplemente los datos no pueden ser proporcionados,  lo que impide proceder a su supervisión
e) En muchas ocasiones los propios gestores públicos hacen caso omiso de los requerimientos de información por parte de los miembros del tribunal, tal vez, para tapar sus propias vergüenzas.
Y, visto lo visto, estamos ante un organismo manipulado, ninguneado, vapuleado, carente de  credibilidad, lugar de encuentro de políticos ancianos y refugiados, en lo que debería de ser institución insigne de control y supervisión, eminentemente técnica en sus informes y conclusiones, independiente en su gestión, y lo que es más importante, respetada por el resto de nuestras instituciones. 

Una vez más, me pregunto para qué creamos instituciones y leyes que las regulan, si al final cercenamos su funcionamiento.


Soy Goyo Vilda y en este blog comparto contigo mis inquietudes y reflexiones semanales. Para atender tus intereses personales o necesidades empresariales estoy a tu disposición con todo el equipo técnico de ALFICO. Puedes usar el formulario de contacto de nuestra web o el teléfono 979 123 738.

miércoles, 20 de junio de 2012

EL EMPLEO POLÍTICO

Ahora que por fin ya sabemos sobre el "préstamo” que el organismo europeo ha concedido a nuestro país para oxigenar nuestro maltrecho sistema financiero, dicen que de unos 100.000 millones de euros, bien pudieran explicarnos los responsables de nuestro estamento gubernamental cómo y de qué forma vamos a  devolver, no sólo el principal de este compromiso, sino de la ingente Deuda Pública viva que mantenemos por la continua emisión, cada vez en más cantidad y a un precio más caro, que hemos tenido que poner en el escaparate del mercado internacional para ir devolviendo, a su vez, el vencimiento de deuda emitida con anterioridad.

A fecha de hoy el total de la Deuda Pública alcanza ya el 72% de nuestro PIB, prácticamente el doble que lo que suponía allá por el año 2007, inicio del declive económico.

Ministro Sr. de Guindos
Por cierto, se me ocurre que el citado "préstamo" bien se podría considerar un rescate a la economía de nuestro país si no fuera por el empeño de nuestro ministro Sr. De Guindos por tratar, entiendo que con buen criterio, de no alarmar más a los depredadores internacionales ávidos de presas débiles, recurriendo así a la utilización de un léxico variopinto en el argot económico que persigue disimular o suavizar lo que, con temor, cada uno de los ciudadanos llamaríamos por su auténtico nombre.

Recordemos que esta "inyección" de dinero se hará directamente al FROB, Fondo de  Reestructuración Ordenada Bancaria, organismo avalado por el Estado, lo que supondrá con toda seguridad que se compute como deuda estatal lo que provocará una elevación, si cabe superior, del nivel de deuda de nuestro país.

Al final, la cuestión de fondo son las exigencias, que no gratuitas, a las que nos veremos sometidos por parte de los que nos prestan y que irán encaminadas a adelgazar de forma considerable el monto de nuestro gasto público para así cumplir con el objetivo que se nos ha impuesto de déficit fiscal.

Seguro, Sr. De Guindos, que este préstamo no solo traerá consecuencias para el sector bancario sino que mucho nos tememos que habrá que apechugar con la devolución del mismo con fondos públicos.

Esto, a buen seguro, nos llevara a afrontar, entre otras reformas, la optimización en lo que respecta a nuestro Sector Público, haciendo posible la cuadratura del círculo hasta ahora inabordable.

Cómo, con menos recursos y personal, seremos capaces de conservar nuestro estado de bienestar  sin que se produzca una merma de su calidad y ello en consonancia a  la contribución de los impuestos que se pagan. Sin lugar a dudas es uno de los grandes retos que se plantean dentro del aparato presupuestario de nuestra Administración.

Abordando la problemática de nuestra Función Pública, hoy tan de moda y no exenta de razones y razonamientos, el nivel de empleo público en España se sitúa en la mitad de la tabla en comparación con nuestros vecinos europeos por delante de Alemania, Luxemburgo y Reino Unido y por detrás de Suecia, Francia, Holanda y Bélgica.

El exceso desorbitado de sueldos políticos devora recursos
Es difícil ofrecer cifras reales por la opacidad que muestran nuestros dirigentes a la hora de dar datos sobre el montante total de empleo público; pero si tenemos en cuenta todos los empleos relacionados directamente con nuestras distintas administraciones  más los que tienen que ver con toda clase de instituciones públicas la cantidad se acercaría a los 3,1 millones de empleados lo que representa el 16% sobre el total de la población activa.

Dependerían de las CCAA el 56%, de las Haciendas Locales el 26% y de la Administración Central el 18%.

Y el total de las nóminas de los asalarios públicos se llevan unos 110.000 millones de euros de nuestros Presupuestos Generales del Estado. Esto representa el 51% de nuestro PIB, según datos del CIS.

La Ley 7/2007, de 12 de abril, regula el Estatuto Básico del Empleado Público que en su espíritu viene a establecer la relación que existe entre el empleado público y la Administración Pública.

Como curiosidad, en su artículo 8º, se establece una clasificación del  empleo público, los funcionarios de carrera, los funcionarios interinos, el personal laboral fijo y el personal laboral eventual.

Pero es en su artículo 6º donde se establece que las Cortes Generales y las Asambleas Legislativas de las CCAA aprobarán, en el ámbito de sus competencias, las Leyes Reguladoras de la Función Pública, tanto de la Administración General del Estado como de las CCAA.

En mi opinión, la libertad que otorga este artículo, al dar a las distintas administraciones libertad para conformar a su criterio todo lo relativo a la Función Pública dentro de su territorio, es causa probable de la situación en la que ahora nos encontramos en lo que supone la sobredimensión y solapamiento del sector público.

España no padece elefantiasis política, sino "mamutasis" 
En otras palabras, son los políticos que, por una u otras razones,  atendiendo a aspectos de territorialidad o a intereses inciertos, y aprovechando la autonomía que se les brinda en lo relativo a la organización de lo público, explica en buena medida  la  tan ineficiente e ineficaz situación en la que se encuentra el conjunto de nuestras administraciones, amén de presentar un cuadro enormemente dimensionado gracias a las ocurrencias de estos mismos políticos y demás interesados en la constitución de una amalgama de empresas, instituciones y fundaciones públicas satélites de difícil catalogación.

Sr. Beteta
Recientemente, el Sr. Beteta Secretario de Estado de Administraciones Públicas, manifestaba la necesidad de acometer un ahorro en el seno de nuestro sector público, centrada en torno a las condiciones laborales de los trabajadores públicos.
Ya existe un borrador donde se suprimirán vacaciones y días de permiso, se incrementarán las horas de trabajo y se reducirán salarios a todos aquellos trabajadores que reciben su salario de nuestras administraciones, sin olvidarnos del  despido de trabajadores acometido en toda clase de empresas públicas.

A nadie se le escapa que ha sido ineficaz y costosísimo mantener este volumen de empleo público, por motivos que todos sabemos o imaginamos,  pero no es menos cierto que no se puede acometer un adelgazamiento del gasto en el conjunto de nuestro aparato público a costa de la reducción de condiciones laborales de nuestros empleados públicos, eso producirá desánimo y dejadez, sin entrar en que habrá una disminución en el consumo derivado por la menor circulación de masa monetaria.

¿Y, si en vez de esto, se acomete una profunda reforma en la forma y manera en la que deben de operar nuestros trabajadores del sector público, exigiéndoles productividad y responsabilidad en su gestión como si de un sector privado se tratara?


¿Y si reducimos los aproximadamente 450.000 políticos que, de una u otra manera, viven de o en torno a la política?


¿Y si nos proponemos una autentica reforma dentro del Estado para evitar solapamientos innecesarios y duplicidades en la gestión pública?

O mucho me equivoco o me temo que la insostenibilidad del sistema que hemos creado obligará a tomar medidas muy, pero que muy drásticas si tenemos en cuenta que los grandes contribuidores de impuestos como son la clases medias y las pequeñas y medianas empresas, en un estado de colapso total, viéndose sometidas a una presión que ha llevado a una buena parte de las segundas a su desaparición.

Soy Goyo Vilda y en este blog comparto contigo mis inquietudes y reflexiones semanales. Para atender tus intereses personales o necesidades empresariales estoy a tu disposición con todo el equipo técnico de ALFICO. Puedes usar el formulario de contacto de nuestra web o el teléfono 979 123 738.

sábado, 22 de octubre de 2011

EL "COPAGO" SANITARIO

El artículo 43 de nuestra Constitución de 1978 normaliza el derecho de todos los españoles a la protección de la salud estableciendo como obligación a los poderes públicos la organización y tutela de la Salud Pública.

Esta aseveración que marca nuestra Ley de leyes transforma el Derecho a la Salud como un derecho fundamental y lo dota de un carácter universal para todos y cada de los ciudadanos de nuestro país.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley General de Sanidad regula todas las acciones que permiten hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en ese artículo de nuestra Constitución.

Más recientemente el pasado mes de julio se aprueba la Ley General de la Salud donde se reconoce, en esencia, el acceso a la asistencia sanitaria de todos los ciudadanos sin excepción, lo que reafirma más si cabe la universalidad de este servicio tan básico y vital.

A través de estas normas, y otras más que se han ido redactando, el legislador viene a definir dos hechos de capital importancia, el primero, que todos los ciudadanos tienen el derecho ineludible de poder acceder a un sistema de salud digno y el segundo, descarga sobre la Administración la obligación de dotar a ese sistema de todos los medios necesarios y suficientes para que pueda ser ejercido tal derecho.

Así pues, y bajo la tutela de nuestras Administraciones, cualquier ciudadano podrá tener a su alcance al conjunto de medios humanos y materiales denominado Sistema Nacional de Salud que es el que debe de garantizar uno de nuestros pilares fundamentales del llamado Estado de Bienestar que no es otro que la salud individual de cada uno de nosotros.

Surge, pues, la cuestión de fondo que no sólo ataña a nuestro país sino a todos los países de nuestro entorno, o al menos de aquellos cuyas economías son más avanzadas, sobre cómo afrontar el coste que le supone a cada país garantizar con plenitud el ejercicio de la salud para todos y cada uno de los ciudadanos.

¿Cómo dotar los recursos necesarios para llevarlo a cabo?

¿Cómo hacer que sea sostenible a lo largo del tiempo?

En nuestro país los recursos que se destinan a nuestro Sistema Nacional de Salud se establecen a través de nuestros Presupuestos Generales del Estado “consolidados”; los formados por el Estado, los Organismos Autónomos, la Seguridad Social y el resto de Organismos.

Recordemos que la competencia de la Salud ha ido transfiriéndose desde el año 2003 a cada una de las CCAA de tal modo que son ellas con sus presupuestos las que deben garantizar el funcionamiento de nuestro sistema y, a modo de ejemplo, la Comunidad de Castilla y León destina al capítulo de salud 1.685 millones de euros de los 10.045 millones de su presupuesto total y la Comunidad de Madrid destina 7.125 millones de euros de un total de 16.724 millones que conforman su presupuesto global.

En el conjunto de nuestras CCAA, prácticamente el 40% de sus presupuestos van destinados al sector sanitario.

Hay que tener en cuenta que el sistema sanitario resulta ser un sistema deficitario para el conjunto de nuestras administraciones y en consecuencia para todos nosotros; necesitamos mucho dinero de nuestros presupuestos para que pueda ser desarrollado de forma eficaz.

El Informe Abril elaborado en el año 1991 vino a sugerir un sistema de “copago” sanitario al establecer que los pensionistas con más recursos pagaran parte de las medicinas.

Más recientemente, en enero de este año el Secretario de Estado de Hacienda, el Sr. Ocaña, opinó, a una pregunta que se le formuló al respecto de nuestro Sistema de Salud, que habría que considerar en un futuro el establecimiento de un sistema de pago directo por parte de los ciudadanos para aliviar la carga presupuestaria de nuestras administraciones.

Así y con todo, existen otras voces que afirman que antes de llegar a la contribución del propio ciudadano habría que emprender un saneamiento de otros sectores de nuestra economía a la vez que acometer reformas estructurales de nuestro sistema sanitario ya contempladas en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y la Ley de Cohesión y Calidad de la Salud.

Si bien es cierto que ningún gobierno desde la entrada de la Democracia en nuestro país se ha atrevido a poner sobre la mesa tan controvertida materia, no es menos cierto que ya existe uncopago encubierto y valga como ejemplo la contribución del famoso céntimo sobre carburantes que algunas CCAA ya aplican, el pago de una parte de nuestras recetas para medicamentos para parte, sobre todo, de la clase trabajadora, sin dejar de lado que determinadas especialidades médicas están fuera de la cobertura sanitaria como son los odontólogos y podólogos, entre otras.

La salud tiene precio
En lo que atañe a países de nuestro entorno más directo, cada país acomete la financiación con fórmulas diversas aunque el espíritu es común denominador a todos, derivar directamente al bolsillo de los ciudadanos una parte de esta factura sanitaria para descongestionar la aportación estatal, así pues...
  • Francia, el ciudadano aporta 1 € por visita al médico.
  • Italia, 10 € por visita al médico y 25 € por urgencia al hospital.
  • Alemania, 10 € al trimestre por visita al médico, el 10% del precio del medicamento y 10 € por cada día de hospitalización.
  • Suecia y Noruega, de 15 € a 20 € por visita la médico, 7 € por cada día de ingreso en un hospital y pago de medicamentos hasta un total de 180 €.
  • Reino Unido, es similar al español.
  • Irlanda, de 2,20 € a 4,50 € por visita al médico, 100 € por urgencia al hospital y hasta un máximo de 120 € en gasto de medicamentos.
  • Portugal, de 2,20 € a 4,50 € por visita al médico.
  • Grecia, todos los ciudadanos pagan el 25 % de los medicamentos.
  • Austria, de 8 € a 17 € por día de hospitalización y 5 € por receta médica.
Y a la vista de estas comparativas con los países de nuestro espectro geográfico, con los que compartimos nuestra andadura a través de la Unión Europea, más que nunca debemos plantearnos la viabilidad de nuestro sistema de salud para el futuro.

Dicen los juristas constitucionales que imponer una tasa por la utilización de los servicios sanitarios provocaría el incumplimiento del ejercicio de tal derecho universal para una parte de nuestros ciudadanos agravado por el abandono que les provocaría en su persona al no poder afrontarlo por su bajo nivel de rentas.

El abuso que históricamente hemos hecho no sólo de la utilización de los servicios sanitarios, incluyendo el despilfarro en medicamentos innecesarios, ha contribuido también a esta situación deficitaria en la que nos encontramos.

Nos guste o no, habrá que afrontarlo a un juego a dos bandas, por una parte la Administración deberá sanear otros sectores y así poder destinar más recursos a este bien básico a la vez que debe acometer una reestructuración en el propio sistema sanitario a fin de conseguir una mejor optimización de esos recursos, y por otra parte, el ciudadano en un ejercicio de responsabilidad deberá utilizar los servicios de forma más razonable y cuando la necesidad lo exija.

Alguien dijo alguna vez que nada conciencia más a la gente que hacerla pagar para que valoren el servicio que reciben aunque creo que si esto se produjese supondría una vía recaudatoria más para nuestros poderes públicos.

En todo caso el dilema no tardará en despejarse.

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viernes, 7 de octubre de 2011

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Una vez más y a tiro de piedra para que se celebren las próximas elecciones en nuestro país apoyado por el deterioro económico en el que nos encontramos sale a colación el siempre recurrente debate en torno a la situación tributaria y fiscal de nuestros ricos y millonarios.

El debate que se plantea aquí y ahora pudiera llegar a ser de capital importancia si el planteamiento se hubiera hecho en otros términos, desde la tranquilidad que da un análisis en profundidad de nuestro aparato fiscal, aún a pesar que lo que se persigue en último término es una recaudación adicional para nuestro erario público, por otra parte bien necesitado, y atendiendo también al principio de equidad donde, al menos, una parte de ciudadanos con cierto nivel de ingresos contribuyesen en justicia a ese aporte adicional que les pudiese corresponder.

El pasado 22 de septiembre sus señorías del Congreso de los Diputados en sesión plenaria, y a marchas forzadas, aprueban la reactivación del ya conocido Impuesto sobre el Patrimonio suspendido desde el año 2007, para aquellos patrimonios que en principio superen al menos los 700.000 euros lo que afectará, según estimaciones, a unos 160.000 contribuyentes y supondrá una recaudación adicional en torno a unos 1.000 millones de euros frente a los, aproximadamente, 2.000 millones de euros que recaudaba en la etapa anterior a su exención.

En esencia hay que decir, y sin entrar en tecnicismos, que el citado impuesto es un tributo prácticamente exclusivo en nuestro ordenamiento español reconociéndole cierto parangón con el diseñado en Francia a raíz de un impuesto solidario para ricos.

Hay dos particularidades importantes que atañen a este singular y mediático impuesto, la primera es que es un impuesto de legislación estatal, le corresponde a la Administración Central, aunque fue cedido a las CCAA para su gestión y recaudación para que éstas tuvieran otro canal recaudatorio, el segundo que es un impuesto que grava a las personas físicas, nunca a las empresas, por el patrimonio que éstas poseen y en ningún caso grava las ganancias y rendimientos que se generan.

Una vez dicho esto y a la vista de los acontecimientos que se avecinan, bien podríamos preguntarnos sobre la causa y el efecto de tal singular decisión sobre la activación del mismo.

Tradicionalmente, los políticos suelen utilizar nuestro engranaje fiscal a conveniencia de sus idas y venidas a fin de someter, en muchas ocasiones de manera torpe, la carga tributaria ciudadana según convenga a fines electoralistas y de opinión pública, lo que en esta ocasión se ha producido de forma premeditada y flagrante.

La manera en la que este impuesto a saltado a la palestra de forma tan rocambolesca nos evidencia, por parte de nuestra clase política, la falta total de planificación para dar cumplimiento a un principio fundamental que debe regir cualquier diseño de nuestros impuestos y es que estos deben ser justos y equitativos cuyo fin es hacer pagar al que no paga, o en todo caso, hacer pagar más al que más tiene, y a tenor de las manifestaciones de nuestra ministra de Hacienda la Sra. Salgado expresando el deseo de que el próximo gobierno perfeccione la imposición del citado impuesto demuestra, sin entrar en otras consideraciones técnicas, hasta qué punto llega la precipitación en el deseo de agradar a un sector del electorado.

Si queremos que nuestros ricos aporten al sistema su parte alícuota en consonancia con su poder adquisitivo la solución pasa inevitablemente por un diseño impositivo generado por criterios técnicos donde los expertos en la materia, y no la clase política, sean los que una vez por todas tomen las riendas del aparato tributario.

Y digo esto porque los ricos históricamente han dispuesto de numerosos recursos, sabidos y consentidos y en ocasiones participados por nuestra clase política, para relajar e incluso evitar su contribución hacia nuestras arcas tales como:
  1. Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV), donde el tipo impositivo es el 1% frente al 30% (ó 25%) del resto de sociedades. Este tipo de sociedad es comúnmente utilizado por conocidos millonarios y famosos.
  2. Fundaciones, que sirven para ocultar la titularidad de patrimonios que además pueden ser domiciliadas en paraísos fiscales y que no tributan por las aportaciones que se las hacen. Estas son utilizadas fundamentalmente por grandes corporaciones y bancos.
  3. Sociedades Patrimoniales, a las que se las aporta bienes inmuebles y que no pagan el citado Impuesto de Patrimonio sin mencionar que sirven para evitar la responsabilidad personal de sus socios actuando como un auténtico blindaje de patrimonios. Muy utilizadas por ricos y millonarios.
  4. Domicilios Sociales de Empresas, se domicilian sociedades en países de baja o nula tributación. Esto es habitual con las sociedades filiales de las grandes empresas y corporaciones.
  5. Paraísos Fiscales, donde ni se paga ni se informa. Son los propios gobiernos de países quienes los tienen y los consienten para la captación de grandes capitales de dudoso origen.
  6. Deslocalizaciones, fingir otra residencia para no tributar, recurso utilizado de manera habitual por deportistas millonarios.
Y por si todo esto no fuera poco, nos encontramos con una laxa y permisiva legislación en nuestro Impuesto de Renta (I.R.P.F.) que favorece de forma clara la tributación a las grandes rentas de capital, habitual canal de ingresos de los ricos, tales como las inversiones en bancarios, los dividendos de empresas y las ganancias en la bolsa, entre otras, donde se las aplica un tipo máximo del 21% en contra de las rentas del trabajo, las nóminas de trabajadores, que pueden llegar a tributar al tipo del 45%. Sin entrar en que el Impuesto del Valor Añadido (I.V.A), en ocasiones grava con el 8% productos de lujo y con el 18% productos de primera necesidad.

Un hecho indignante que pasó desapercibido a los ojos y oídos de los ciudadanos se produjo en el año 2005, cuando por un acuerdo entre PSOE, PP y CIU las SICAV pasaron al control y supervisión de la Comisión Nacional de Mercado de Valores (CNMV) y no de la Inspección de Hacienda, como hasta entonces, y que además fue ratificado por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que estableció el carácter retroactivo de este acuerdo lo que provocó que se anulasen actas de inspección a este tipo de sociedades por millones de euros con la indignación del cuerpo de técnicos e inspectores de Hacienda. Nunca en mi vida profesional, y llevo veinte años en ejercicio como asesor fiscal, me había encontrado con un hecho de estas características tan escandalosamente premeditado para favorecer de forma tan descarada a un sector de nuestros ciudadanos de por sí ya altamente consentidos.

En el año 2004 se crea la Ley que regula el Régimen Especial para Extranjeros No Residentes, conocida como la “Ley Beckham”, por coincidir con la llegada de este jugador de fútbol a nuestro país, donde se establece una tributación especial del 24% fija para aquellas élites de profesionales en el campo del deporte, científico, cultural y empresarial que se instalen en nuestro país hoy claramente favorecedora para conocidos y millonarios deportistas.

Sin entrar en otra serie de normas aprobadas con alevosía y a escondidas como el Real Decreto de enero del 2010 donde, en resumen, se favorecía la tributación de los más ricos permitiéndoles tributar al tipo del 21% operaciones que debían ser tributadas al 45% por operaciones que en la ley fiscal se las conoce como “operaciones vinculadas”.

Y para terminar, con esta serie de lindezas, nos hemos encontrado con la noticia este año 2011 del pago que han tenido que hacer fortunas españolas, entre otras la familia Botín, y no precisamente por voluntad propia, al fisco español por patrimonios ocultos en Suiza descubiertos curiosamente por el fisco francés.

Y a la vista de estas facilidades legislativas, de los entramados financieros y fraudes fiscales que se cometen de forma regular y a gran escala nadie puede llegar pensar que con la activación de este Impuesto sobre el Patrimonio se consiga, siquiera, paliar en parte el deficiente e injusto sistema tributario de nuestro país.

Apostar por una legislación que ayude a aflorar nuestra economía sumergida, a sostener el tejido empresarial de autónomos y pymes abandonados e ignorados durante décadas, a luchar contra el abultado y verdadero fraude fiscal haciendo pagar al que no paga, como reclaman desde hace tiempo el cuerpo de técnicos de Hacienda, dotando de mayores y mejores medios materiales y humanos, actualmente disponemos de no más de 900 inspectores en toda España, todo ello nos llevará a un saneamiento de nuestras cuentas públicas que repercutirán en una corrección de nuestra maltrecha economía.

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martes, 27 de septiembre de 2011

BONOS AUTONÓMICOS... BONOS PATRIÓTICOS

A la vista de los recientes acontecimientos que se están desplegando a lo largo y ancho de nuestra geografía en materia de financiación de nuestras administraciones, y más en concreto, de nuestras CCAA, a fin de que puedan afrontar sus cuantiosas obligaciones de pagos más inmediatas y perentorias, nos estamos encontrando, a colación de la dichosa crisis, con el descubrimiento de una nueva variante de negocio en el campo financiero impensable, o poco probable, hasta hace poco dentro de nuestro sistema económico nacional.

Hasta ahora cuando una determinada Administración Pública necesitaba pedir prestado dinero, endeudarse en el argot financiero, para poder afrontar sus gastos e inversiones, pagos también en ese argot financiero, procedía a la emisión de deuda pública a través de las fórmulas ya conocida como las obligaciones, pagarés, bonos o letras del tesoro, entre otras, y eran los llamados inversores institucionales, tales como otros Estados, empresas de inversión, entidades de crédito, aseguradoras, fondos de inversión, fondos de pensiones... etc., los que acudían a esta llamada y compraban esas emisiones a cambio de un tipo de interés acorde al propio mercado.

De repente, y ante los acontecimientos económicos que vivimos, los mercados se han vuelto tremendamente desconfiados con nuestras administraciones y esos mismos inversores que históricamente acudían a la llamada para prestar a través de la compra de esas emisiones públicas ya no lo hacen por una razón bien simple... no se fían.

Y es aquí donde descubrimos la nueva variante del negocio, ante la falta de los clientes históricos, y acuciadas por una necesidad imperante de dinero, las CCAA tratan de colocar, esto es argot bancario, estas emisiones públicas directamente sobre los llamados minoristas, particulares en el lenguaje financiero, utilizando los servicios de intermediación precisamente de aquellas entidades de crédito que son las que se niegan a comprar esas emisiones y todo a cambio de una comisión por unos servicios de intermediación.

A partir de ahora, y creo que por algún tiempo, vamos a disponer, los ciudadanos, de un nuevo producto financiero donde colocar nuestros exiguos ahorros dentro del abanico que ya existe en el campo del negocio financiero/bancario, producto, por cierto, bautizado con el nombre de“Bono Patriótico”, y además nos pagarán tipos de interés muy por encima de los tradicionales productos financieros postulándose, a su vez, como auténtica competencia de esos mismos.

Primero fue la "burbuja inmobiliaria"... Ahora hay otras "burbujas"... sutiles, ingrávidas y gentiles.
En resumidas cuentas, y para dar una explicación concisa, resulta que las CCAA utilizan los servicios de esas mismas entidades de crédito, que son las que se niegan a comprar estos bonos patrióticos, a saber por qué, para que nos las vendan a los ciudadanos a cambio de una lucrativa comisión por hacer de intermediarios vendiendo un nuevo producto, como son esos bonos, y que además hacen una competencia feroz a los productos de esas mismas entidades.

Bueno, curioso todo esto.

A cierre del segundo trimestre de este año el conjunto de la deuda española superaba la nada despreciable cifra de 700.000 millones de euros (65,20% del PIB), creciendo el endeudamiento de nuestras CCAA un 23% con respecto al año anterior.

Así pues, y a modo informativo, los mayores niveles de endeudamiento lo presentaban la Comunidad Valenciana, la de Cataluña y la de Castilla-La Mancha, llegando al 20%, 19,2% y 17,2 %, respectivamente, mientras que las menos endeudadas eran las de Madrid, País Vasco y Canarias con un 7,7%, 7,9% y 8,2%, respectivamente, de sus respectivos PIB.

Ante este panorama el Gobierno prohibió que algunas CCAA, por su elevado nivel de endeudamiento, pudieran endeudarse más a largo plazo, más allá de un año, y a pesar de todo esto la deuda de estas administraciones está aumentando más rápidamente que la de la propia Administración Central.

¿Qué hacen las CCAA para sortear esta prohibición...? Pues sacan al mercado estos bonos autonómicos, los “patrióticos”, con vencimientos no superiores al año, ofreciendo rentabilidades muy por encima de lo que dicta la lógica económica, así y a modo de ejemplo, la Comunidad de Andalucía ofrece intereses al 4,25%, la de Cataluña al 4,75 %, la de Valencia al 4,75 %, la de Galicia al 4%, la de Castilla y León al 4,75% y la de Madrid al 4,75%.

Hay que señalar que a estas rentabilidades hay que sumar la comisión que las citadas entidades de crédito cobran a estas administraciones por utilizar su red comercial y se servicios que, en muchos casos, llegan al 3% adicional, lo que resulta que el coste total para estas administraciones, en definitiva para todos nosotros, puede llegar incluso al 7,75%.

Uno de los casos más sangrantes lo tiene Cataluña que para devolver la primera emisión de deuda diseñada por el anterior gobierno autonómico con vencimiento el próximo 21 de noviembre, deuda cuyo coste total ascendió, nada más y nada menos que al 7,75%, tiene previsto emitir nueva deuda a fin de poder devolverla dada la precaria situación que atraviesa.

La "estampita" y las letras "de pelota"...
Mucho me temo, que la situación que se está creando con la emisión de los dichosos bonos nos está llevando a una espiral de deuda tal que las futuras emisiones no irán encaminadas para paliar los gastos corrientes e inversiones que se propongan afrontar estas administraciones sino que irán destinados a cubrir la devolución de los vencimientos de esas emisiones con unos costes cada vez mayores y probablemente inasumibles.

Estas emisiones de bonos están poniendo en jaque, cada vez más, la solvencia española frente al mercado exterior expresada en un empeoramiento de nuestra calidad crediticia y en un elevado déficit en el conjunto de nuestras administraciones lo que nos lleva a pensar el grado de responsabilidad que tienen nuestras CCAA.

Como nota positiva, y dentro de este galimatías, al menos el nivel de endeudamiento, en el conjunto de las administraciones locales, el de los Ayuntamientos se ha mantenido estable, si bien a partir de primeros de este año no se les permite endeudarse más allá del 75% de sus ingresos corrientes.

Habrá que esperar si el nuevo Gobierno venidero será capaz de aunar esfuerzos y reconciliar posiciones para que el acuerdo con el conjunto de nuestras administraciones nos lleve a encauzar la ya de por sí agonizante situación.

Soy Goyo Vilda y en este blog comparto contigo mis inquietudes y reflexiones semanales. Para atender tus intereses personales o necesidades empresariales estoy a tu disposición con todo el equipo técnico de ALFICO. Puedes usar el formulario de contacto de nuestra web o el teléfono 979 123 738.

sábado, 27 de agosto de 2011

EL PAPEL DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES


En pleno debate sobre la conveniencia de una racionalización del gasto en el conjunto de las Administraciones Públicas o de la cacareada necesidad en la reestructuración y optimización de este sector público, nos encontramos en uno de esos momentos históricos donde nuestra clase política, bien por razones económicas, por la crisis que atravesamos, bien por razones electoralistas, estamos prácticamente en campaña de una de ellas, o bien por el momento propicio resultado del grado de sensibilidad social y ciudadana respecto a todo esto, se ha dado cuenta de la necesidad de replantearse nuestro modelo de administraciones públicas, cuestionando, incluso, no sólo la utilidad sino la existencia de una parte de las mismas.

Nada mejor que una buena dosis de crisis económica para que nuestros gobernantes se planteen, en su propio detrimento con lo que ello conlleva en la supresión de determinados privilegios, incluso la supresión de ciertas instituciones enquistadas desde hace más de 175 años en nuestro ordenamiento público y que tan enraizadas están dentro de nuestra jerarquía institucional, las conocidas como Diputaciones Provinciales.

Creadas allá por el año 1836 en el reinado de Isabel II tenían como función principal el gobierno y la administración autónoma de la provincia.

Actualmente, y dentro del actual marco autonómico, cada provincia dispone de una de ellas excepto aquellas CCAA uniprovinciales como la de Asturias, Cantabria, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja, donde su competencia es asumida por la propia comunidad autónoma, por aquello de la no duplicidad de funciones.

En determinadas CCAA, la denominación que se las asigna obedece a ciertas etimologías que bien podrían estar relacionadas con ciertas connotaciones regionalistas, de tal modo que en el País Vasco se las conoce como Diputaciones Forales, en las Islas Baleares como el Consejo Insular, en las Islas Canarias como el Cabildo Insular y en Cataluña como los Consejos de Vergüerías, hoy cuestionados por el propio Tribunal Constitucional.

Y dentro de cada Diputación Provincial existe un Órgano de Gobierno formado por un presidente, un vicepresidente, una junta de gobierno y un pleno, todos ellos órganos de “elección indirecta”, esto es, la composición viene dada por los resultados en las elecciones municipales en cada provincia, donde el número de diputados en cada pleno depende del número de habitantes que hay en cada provincia, y todo esto regulado por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, sobre el Régimen Electoral General.

En las provincias vascas, y como excepción, las diputaciones forales, además de las funciones que les son propias, poseen también competencia en materia fiscal, y sus órganos son de “elección directa”, esto es, por votación. En esencia, entre las funciones propias atribuibles a las diputaciones estarían:
a) Asistencia jurídica, económica y técnica a los municipios.
b) Fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial.
c) Prestación de servicios supramunicipal y supracomarcal.
Por otra parte, las diputaciones forman parte del escalafón jerárquico dentro de nuestro sector público formado por una Administración Central/Estado, por las CCAA, por las Provincias/Diputaciones Provinciales y por las Entidades Locales/Ayuntamientos.

Y una vez comentado el papel y sitio que ocupan y habiendo ido desarrollando su función hasta la fecha de hoy, a pesar de los numerosos cambios desarrollados, tanto en materia institucional como constitucional de nuestras administraciones públicas, es ahora cuando su existencia está siendo más cuestionada, si bien nunca les faltó una masa crítica antes de la llegada de la extrema situación presente.

Y esto habrá que achacarlo, es de suponer entre otras razones, a la insostenibilidad de nuestro sistema de administraciones públicas situándolas en el centro de la diana y convirtiéndolas en instituciones anquilosadas empeñadas en seguir existiendo al mismo tiempo que se iba produciendo un incremento, cada vez mayor, de las competencias de las propias CCAA, a través de los desarrollos de sus respectivos estatutos lo que ha provocado un solapamiento y duplicidad de funciones entre ellas acarreando un incremento innecesario del gasto corriente y más aún en el capítulo de personal.


El presupuesto que manejan el conjunto de las Diputaciones Provinciales, según datos cerrados al 2009, asciende a 7.000 millones de euros, al tiempo que en las tres Diputaciones Forales vascas su presupuesto más que duplicaba al del resto llegando a los 15.000 millones de euros.

A fecha del primer trimestre del presente año, la deuda del conjunto de diputaciones provinciales ascendía a unos 7.200 millones de euros.


Y si además, como dato anecdótico, una diputación como la de Valladolid, de considerable envergadura, sólo destinó en ese año el 29,15% de su presupuesto total al capítulo de “inversiones reales”, esto es, a las tareas propias para el desarrollo provincial, nos haremos una idea dónde y a qué se destina el resto de los presupuestos.

Son eficaces, son eficientes nuestras diputaciones... ???

Desde la perspectiva del ciudadano, contribuyente nato, el problema puede llegar a adquirir tintes dramáticos si tenemos en cuenta el momento que estamos viviendo, y algo de razón llevará el ciudadano cuando, a tenor de todo esto, es en el plano político cuando surgen dentro de nuestra clase dirigente, auténticos partícipes y creadores de este desaguisado, corrientes que abogan sino por la supresión total de estas instituciones si por una reestructuración total del papel que vienen jugando.

Parece claro que, tanto desde el plano institucional como desde el plano social, es imprescindible acometer las reformas necesarias para eliminar duplicidades en funciones y tareas lo que conllevará el correspondiente ahorro y eficiencia en el gasto.

El reto, pues, que se plantea ahora es bajo qué fórmula debe acometerse una auténtica reforma de estas administraciones a fin de que no pierdan el espíritu con el que fueron creadas.

En mi opinión, una de las fórmulas posibles estaría dentro de las propias CCAA, asumiendo directamente esas tareas para provocar una optimización de recursos, creando, dentro del organigrama de cada comunidad autónoma, una figura que gestionase y controlase directamente el desarrollo económico y social de cada provincia.

Si tenemos en cuenta que existen en la actualidad unos 8.000 municipios, cabe otra fórmula, postulada por algunos, que sería proceder a la creación de una figura denominada “agrupación de municipios” que operase bajo un órgano coordinador. No olvidemos que ya existen en la actualidad ayuntamientos que aglutinan, de forma centralizada, la gestión de otros municipios y pedanías que por sí mismos no disponen de esa capacidad de gestión dado su tamaño, lo que nos llevaría, no a crear esa figura, sino a fomentar su desarrollo normativo dotándola de los medios y recursos necesarios para acometer en plenitud todas y cada una de esas funciones asignadas.

Y es aquí donde surgirá el debate, que, a buen seguro, se planteará para la próxima legislatura, sometiendo a estas administraciones a su propio test de estrés que bien podría llevar a su desaparición y, con ello, a la supresión de uno de esos niveles en nuestro ordenamiento administrativo público.

Habrá que estar atentos si ese debate y las soluciones propuestas traerán en realidad esa racionalización que buscamos, sin perder eficacia en su labor y que no suponga un maquillaje, vivido ya en otras ocasiones, que impida afrontar con seriedad una reforma a todas luces necesaria.

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