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lunes, 8 de agosto de 2011

HIPOTECAS: CLAÚSULAS Y CONDICIONES. Viviendas con baño y cocina “alicatados hasta el techo”... e hipoteca “blindada hasta el suelo”

La consabida crisis que estamos viviendo no sólo está trayendo un cambio en las costumbres más cotidianas de nuestra vida, si no que además porque la escasez de trabajo y esperanza, entre otras razones, nos llenan de incertidumbre nuestro propio futuro y el de nuestras familias, nuestro proyecto de vida y perspectivas profesionales. Todo ello nos lleva a un asfixiante presente que en ALFICO tratamos de hacer más respirable.
Dicen que ninguna crisis es buena, por leve y localizada que sea, y ésta en la que estamos inmersos se presenta como un autentico cáncer, no ya sólo porque es grave la enfermedad en sí, sino porque para intentar curarla hemos tenido que recurrir, al menos por parte de la clase dirigente, a terapias que al aplicarlas han matado hasta lo bueno. Y en eso son expertos nuestra clase política, en primer lugar, al negar y no reconocer la existencia de la enfermedad y en segundo lugar, al no aplicar adecuadamente los remedios para paliarla.
Así, inmersos en esta problemática general que a todos nos afecta, la crisis ha traído algo de sensatez a ciertos aspectos de nuestra economía doméstica y cotidiana, que, si no la más importante, es la estrella de nuestras obligaciones financieras y en la que la mayoría de nosotros compartimos mesa común. Se trata del conocido producto financiero que es la “HIPOTECA”.
Pues bien, ni los políticos, financieros, analistas eruditos, entendidos, etc., fueron capaces durante los años de locura y "bien o buen vivir", de poner coto a uno de los abusos más tangibles y cuantificables en lo que a las cláusulas de este producto se refiere y que no son otras que las llamadas de "suelo". Es decir, aquellas por las que las entidades financieras dejan de revisarlos a la baja, si el mercado lo permite, al existir un mínimo aplicable que se desentiende de la evolución del propio mercado a la hora de no permitir aplicar un tipo de interés más bajo que lo suscrito por esa cláusula. Reducción de interés y cuota que conllevaría la ayuda, más necesaria que nunca en estos tiempos, para menguar la presión sobre familias y empresas y dotar de mayor liquidez a estos agentes. Liquidez imprescindible para, entre otras cosas, ser destinada al consumo más directo, lo que redundaría en ayuda de la añorada recuperación económica.
Y decíamos que la coyuntura ha aportado sensatez, porque ha sido la propia crisis la que ha permitido aflorar, entre otros, este problema a través de una sentencia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Sevilla fechada el 30 de septiembre del 2.010.
La citada sentencia cuestiona la "cláusula de suelo" de cuatro entidades y que, en resumidas cuentas, viene a decir que existe un desfase visible entre "el suelo" y "el techo" de esas hipotecas, dado que para el banco es más factible y probable la aplicación "del suelo", lo que les lleva a un enriquecimiento claro, por estar más en consonancia con la evolución de los mercados, que llegar "al techo"; una condición de difícil aplicación, por la evolución de esos mismos mercados en favor de los hipotecados, lo que, al final, redunda en un perjuicio para ellos mismos.
A raíz de esta sentencia existen asociaciones para afectados, entre los que me incluyo, que a colación de la misma han presentado demandas colectivas en los distintos juzgados para reclamar, en representación de sus asociados-afectados, lo que plantea la citada sentencia que no es solamente la anulación de la citada cláusula de suelo, sino también la reclamación, con carácter retroactivo, de lo cobrado de más indebidamente por la aplicación de esa cláusula.
Pero lo curioso de esta sentencia, en mi opinión, no es lo que se discute y concluye en si misma, sino que al producirse en plena crisis, el propio tribunal que la falla se hace eco del abuso que se ejerce, fundamentalmente, sobre el agente económico más desprotegido y débil que no es otro que la propia familia. Otro tanto ocurre con la pequeña empresa, agentes todos ellos altamente endeudados y visiblemente sensibles a este tipo de prácticas aplicadas por esas entidades financieras, a las que, por otra parte, hemos tenido que ayudar con nuestros impuestos para que no se colapsase el propio sistema.
Ya veremos si la citada sentencia traerá y provocará, en los litigios y recursos planteados sobre esta situación, jurisprudencia suficiente y necesaria para arreglar el desaguisado y el ya consabido abuso de poder de estas entidades... al menos en lo que a este punto se refiere.


Soy Goyo Vilda y en este blog comparto contigo mis inquietudes y reflexiones semanales. Para atender tus intereses personales o necesidades empresariales estoy a tu disposición con todo el equipo técnico de ALFICO. Puedes usar el formulario de contacto de nuestra web o el teléfono 979 123 738.

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