Presupuestos Generales del Estado 2012 |
Hasta ahora, cuando un Estado moderno procedía al diseño de los PGE, con todo el grado de implicación que supone para el bolsillo de los ciudadanos, el mismo atendía fundamentalmente a dos aspectos.
En primer lugar, en lo referente al capítulo de los ingresos, se trata de hacer una estimación lo más real posible en base a unas previsiones económicas de lo que un Estado puede llegar a percibir en un ejercicio económico, por la vía de la recaudación de impuestos, como base general, si bien existen otras fuentes de las que se nutre este capítulo.
Y en segundo lugar, se realiza una cuantificación de los gastos generales que afectan al país que, en esencia, lo conforman el monto total de los servicios que la población recibirá por determinadas prestaciones, llamémoslas sociales, también en el mismo ejercicio económico anual.
A la diferencia entre esos ingresos estimados y los gastos en que se pueda incurrir se le llamará déficit público, y digo déficit, y no superávit, porque históricamente los gastos suelen superar los ingresos contabilizados.
Visto por el genial Forges |
Sin entrar en detalle y para no aburrir, las partidas que conforman los PGE, tanto en el capítulo de ingresos como en el de gastos, están tipificadas por ley. Es decir, todas y cada una de ellas están contempladas y normalizadas de tal modo que las mismas se discuten y aprueban en nuestro Parlamento, con las correspondientes enmiendas de los distintos grupos políticos que conforman nuestra Cámara Legislativa.
De repente nos hemos dado cuenta que las personas que ahora nos gobiernan han creado, más bien inventado, un nuevo concepto que viene a complementar, dentro de nuestro aparato presupuestario estatal, el capítulo de ingresos al que definen como “regularización extraordinaria” que no es otra cosa que una “amnistía fiscal”, hemos de suponer que el nuevo concepto se habrá dado para suavizar el posible impacto auditivo que pudiera provocar en el oído del ciudadano más sufrido por flagrante agravio comparativo.
O sea, que los mismos políticos, Sr. Montoro, Sr. Rajoy, Sra. Cospedal, que allá por el año 2010 calificaban, con buen criterio, de ocurrencia y disparate cualquier suerte de amnistía que se pudiera conceder en el plano fiscal, por parte del gobierno que en aquel momento ejercía su labor, ya que entendían entonces que eso produciría un trato preferente, injusto e inadmisible en favor de los ricos con respecto al resto de los contribuyentes más cumplidores de sus obligaciones. Sin embargo, ahora lo plantean como una medida del todo necesaria para evitar, por ejemplo la subida de otros impuestos, léase IVA, o para poder cumplir con los compromisos de los servicios más básicos del Estado.
Para que lo entendamos todos, que los futuribles ingresos que el Estado pueda llegar a recaudar provenientes del afloramiento del dinero opaco, término técnico, blanqueo del “dinero negro” en términos coloquiales, gravado a una tasa rebajada del 10% a nuestros millonarios defraudadores, se ha convertido en capítulo vital en los PGE a tal punto que nuestra Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, Sra. Marta Fernández, postula esta amnistía como alternativa al impuesto del IVA. De locura.
Si analizamos la historia sobre las diferentes amnistías fiscales habidas en España desde el comienzo de nuestra democracia tendríamos que remontarnos a la del año 1984, siendo el Sr. Boyer ministro de Hacienda, y a la del año 1991, cuando era el Sr. Solchaga quien ocupaba la misma cartera. La experiencia demuestra, con datos cuantificados, que cualquier amnistía concedida, no sólo en el ámbito estatal sino las emprendidas en el resto de países, no han conseguido ni logrado las expectativas recaudatorias para el erario público, amén de provocar un coste colateral, a mi entender esencial, como es el de reflejar que el incumplimiento del deber de contribuir por parte de todos y cada uno de los ciudadanos al sostenimiento de un país resultará ser una opción más barata y, además, se constituirá como otra posibilidad sin más, dentro de las relaciones que un ciudadano mantiene con el resto del Estado.
¿Cuál es la diferencia? |
Cuando un gobierno decide emprender la senda de semejante “ocurrencia” suele conceder patente de corso al enemigo, dando la sensación de que el incumplimiento de las obligaciones se convierte en una conducta admitida y arraigada, además de provocar un desánimo general para el resto de ciudadanos cumplidores, sin entrar a valorar la sensación de impunidad de la que disfrutan determinados personajes de nuestra sociedad altamente conocidos.
Además, para que tal amnistía pueda ser aplicada, deben ser modificados por parte de nuestro legislador determinados aspectos de leyes básicas en el ámbito tributario, al menos de forma temporal, como son la Ley 58/2003, Ley General Tributaria y el RD 2063/2004, Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario. Leyes ambas que regulan sobre las obligaciones tributarias del ciudadano y las correspondientes sanciones que éste recibirá precisamente por su incumplimiento.
Ante tal disparate, por qué no sugerir todo lo contrario.
Persigamos el abultado y ofensivo fraude que tenemos, haciendo que se aplique la ley como un auténtico resorte con total contundencia hacia el incumplidor por poderoso que sea, pongamos bajo la guillotina de la figura del delito fiscal al que evade y hagámosle pagar acorde a lo defraudado, demos armas a nuestro engranaje inspector y judicial para que tales hechos delictivos sean sometidos al escrutinio legal, instauremos la idea de que el cumplimiento es la norma y no la excepción, digamos y demostremos al resto de los ciudadanos cumplidores de lo humano y lo divino que la impunidad no tiene lugar.
Si acometemos todo esto, haremos que el ciudadano llegue a creer en un verdadero Estado de Derecho que protege realmente al que cumple, eliminaremos el gran desánimo que hoy invade a buena parte de la ciudadanía, daremos un toque de atención a ricos, famosos y delincuentes, y haremos que un Estado tan garantista como el que tenemos lo sea en verdad para el bueno y no para el malo.
Y tal vez así recaudaremos más, tendremos menos déficit, con todo lo que eso tiene de implicación para el bienestar de todos, y no tendremos necesidad de recurrir a ideas de dudosa legalidad lo que provocará filigranas presupuestarias y legales que hacen tambalear las creencias más arraigadas que el ciudadano pueda tener en nuestro sistema democrático.
Soy Goyo Vilda y en este blog comparto contigo mis inquietudes y reflexiones semanales. Para atender tus intereses personales o necesidades empresariales estoy a tu disposición con todo el equipo técnico de ALFICO. Puedes usar el formulario de contacto de nuestra web o el teléfono 979 123 738.
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